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Iuris

Mercedes Alaya

 

 

¿Expertos? por Tsevan Rabtan

http://www.jotdown.es/2013/09/tsevan-rabtan-expertos/

Elpidio Silva

 

 

El juez Elpidio Silva y la justicia (formal), por Rodrigo Tena

http://hayderecho.com/2013/06/11/el-juez-elpidio-silva-y-la-justicia-formal/

 

El auto de prisión de Blesa y el fraude de las piezas separadas, por José María de Pablo

http://josemariadepablo.com/2013/06/05/el-auto-de-prision-de-blesa-y-el-fraude-de-las-piezas-separadas/

 

La renuncia a su abogado y la buena fe procesal, por José María de Pablo

http://josemariadepablo.com/2014/04/23/la-renuncia-a-su-abogado-del-juez-elpidio-y-la-buena-fe-procesal/

 

Algo de "catecismo procesal": un juez recusado no puede acusar, por Andrés de la Oliva

http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/06/algo-de-catecismo-procesal-un-juez.html

 

Los jueces "justicieros", encubridores de la corrupción delictiva, por Andrés de la Oliva

http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/06/los-jueces-justicieros-encubridores-de.html

 

Extraño, divagatorio y casi etéreo señor juez, por Javier Gómez de Liaño

http://www.caffereggio.net/2013/05/20/extrano-divagatorio-y-casi-etereo-senor-juez-de-javier-gomez-de-liano-en-el-mundo/

 

Notarios

Voy a poner un ejemplo real que “visualice” la respuesta: una persona adquiere un inmueble en 1950 en escritura y lo inscribe en el registro de la propiedad. Fallece en 2010, y sus herederos quieren venderlo hoy pero no saben si otorgó testamento y el comprador quiere la máxima seguridad de que no va a tener ningún problema. Este tema, en países en los que no hay documentación pública como EEUU, conllevaría meses de investigación (sobre el inmueble, el testamento, etc), intervención de abogados, miles de dólares gastados y ninguna seguridad jurídica de que el comprador vaya a ser finalmente propietario, únicamente una seguridad económica porque se contrata un seguro para indemnizarle en el caso de que pierda lo comprado.

 

En España los trámites son de extremada sencillez, la cual tiene detrás no obstante un enorme entramado muy bien organizado: para saber si hizo testamento basta pedir un certificado al registro central y luego acudir al notario que lo tenga custodiado. Si por ejemplo el fallecido de este ejemplo lo hizo en 1960, por el coste enormemente barato de un testamento, se le ha custodiado gratuitamente durante los 50 años siguientes y hasta el día de hoy. Para tener la escritura de compra del fallecido (repito, de 1950), puede también pedirse al notario que la esté custodiando en los tomos de protocolo, desde 1950 hasta hoy, sin que el interesado y su familia hayan tenido que preocuparse para nada ni pagar ninguna cantidad durante ese tiempo. Para conocer el estado de cargas y titularidad de ese inmueble basta con pedir una nota al registro, muy económica, sin tampoco tener que molestarse en rebuscar papeles, puesto que el registro lleva 60 años publicitando inscripción, de manera también gratuita para los interesados.

 

En definitiva, que con unos pocos trámites muy baratos y en muy poco tiempo, puede comprobarse a satisfacción completa de un comprador que el inmueble, que compró un señor en 1950, pueden venderlo otros en 2013 sin que desde 1950 hasta hoy nadie se haya tomado ninguna la molestia de custodiar documentación de ninguna clase, y se puede hipotecar el mismo día, con la seguridad de que nadie reclamará ni a los herederos, ni al comprador, ni al banco. Esto que resulta tan sencillo para el que lo hace requiere una sólida y eficaz estructura mantenida a lo largo de décadas y, estos es importante resaltarlo, con un coste cero para el contribuyente, como antes dije puesto que es mantenido con los aranceles notarial y registral. Es lo que hace ya muchos años llamé, en un artículo publicado en La Ley, “la difícil facilidad”.

 

http://www.iahorro.com/ahorro/colaboradores/la-dificil-facilidad-la-importancia-del-notario.html

Artículo 140 LH

 

No cambiemos la legislación hipotecaria sin pensarlo bien, por Jesús Fernández-Villaverde

http://www.fedeablogs.net/economia/?p=8643

 

Créditos hipotecarios y asignación del riesgo, por Marco Celentani

http://www.fedeablogs.net/economia/?p=9817

 

¿Limitar por ley la responsabilidad hipotecaria? Posiblemente, una mala idea, por Benito Arruñada

http://www.fedeablogs.net/economia/?p=9982

 

Responsabilidad y créditos hipotecarios: las razones de la discrepancia, por Marco Celentani

http://www.fedeablogs.net/economia/?p=10272

 

Michael J. Sandel

Gibraltar

 

 

Gibraltar, el peñón disputado, por La Aventura de la Historia

 

Gibraltar como escape, por Liceo de Moinelos

 

Las aguas de Gibraltar, por Gibraltar libre

 

Gibraltar sí fue español, expropiación sin indemnización, por Alberto Gil

 

Menos paraíso, más leyenda urbana

Clientelismo y oligarquías

 

              “Cualquier gobierno en las condiciones que hemos comentado intervendrá en la economía no porque la mayoría sea ‘intervencionista’ sino porque el partido que lo apoya no retendría la mayoría si no comprara el apoyo de grupos particulares con la promesa de ventajas especiales. Desde hace algún tiempo estoy convencido de que lo que amenaza a la economía de mercado no es únicamente el deliberado intento de las diversas especies de colectivistas para reemplazarla por un sistema planificado, ni tampoco las consecuencias de las nuevas y erróneas políticas monetarias: las instituciones políticas que prevalecen en el mundo occidental producen necesariamente un impulso en esa dirección, el cual tan solo puede detenerse o evitarse cambiando esas instituciones. Yo he llegado tardíamente a estar de acuerdo con Schumpeter, quien sostuvo hace treinta años que había un conflicto irreconciliable entre la democracia y el capitalismo, salvo que no es la democracia como tal, sino las formas particulares de organización democrática —consideradas ahora como las únicas formas posibles de democracia—, lo que producirá una expansión progresiva del control gubernamental sobre la vida económica, aun cuando la mayoría del pueblo desee conservar una economía de mercado”.


 http://puntodevistaeconomico.wordpress.com/2011/05/26/hayek-pinochet-y-la-democracia/

 

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               “Puede muy bien existir un capitalismo sin mercado. Incluso el sueño de muchos capitalistas consiste en lo privado sin mercado, lo privado protegido de la competencia por un poder político cómplice y retribuido. Ése fue el sistema practicado durante décadas en América Latina, un capitalismo al que erróneamente se calificó como “salvaje” cuando estaba admirablemente organizado para servir a los intereses de una oligarquía.”

http://factorhumano.org/2008/11/05/la-gran-mascarada-de-jean-francois-revel/

 

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        "Estilizadamente en el modelo base de una sociedad corporativa (en el campo económico) los agentes son maximizadotes racionales y saben que el libre comercio es un optimo social, PERO también saben que su interés individual consiste en defender sus privilegios. Así pues cada agente hace lobby para defender su protección, porque la ganancia que produce gastar 1 dólar en hacer lobby para su interés individual es mucho mayor que la ganancia de hacer lobby para la liberalización (interés colectivo). Como resultado todos los agentes hacen lobby por el proteccionismo y la sociedad sigue siendo corporativa, y TODOS pierden. Esto es muy intuitivo, porque para todo agente la mejor situación es vivir en una sociedad donde todos los mercados estén liberalizados menos aquel en el que uno es productor. Pero al obrar así, acaba en una sociedad donde ningún mercado está liberalizado. Los agentes se roban unos a otros, con el Gobierno como intermediario. No querido lector: no es un juego de suma cero, sino de suma vastamente negativa."

http://kantor-blog.blogspot.com.es/2007/06/la-ii-guerra-fra-degradacin-corporativa.html

 

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http://hayderecho.com/2011/06/30/el-panoptismo-privado-sobre-el-poder-economico-moderno-i/

 

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http://www.elnotario.com/egest/noticia.php?id=1974&seccion_ver=3


Inmatriculación de bienes de la Iglesia Católica

 

 

http://www.periodistadigital.com/religion/espana/2011/07/30/inmatriculacion-bienes-iglesia-catolica-privilegio-religion-aznarez-notario-oviedo-bienes-patrimonio.shtml

 

Desahucios (es un decir)

 

Desahucio, lanzamiento

http://www.fundeu.es/consulta/desahuciar-32277/

 

El indebido uso genérico del término desahucio

http://www.abogacia.es/2013/04/11/el-indebido-uso-generico-del-termino-desahucio/#.UX5EJ6gCMfs.twitter

 

La STJUE sobre el procedimiento de ejecución hipotecaria, por Fernando Gomá

http://hayderecho.com/2013/03/14/la-sentencia-del-tjue-sobre-la-legalidad-del-procedimiento-de-ejecucion-hipotecaria-espanol/

 

Aclarando que es gerundio: los arrendamientos no son los préstamos hipotecarios, por Andrés de la Oliva

http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/03/aclarando-que-es-gerundio-los.html

 

La STJUE sobre el procedimiento ejecutivo español: mucho ruido y pocas nueces, por Jesús Alfaro

http://derechomercantilespana.blogspot.com.es/2013/03/la-sentencia-del-tribunal-de-justicia.html?spref=tw

 

La princesa Letizia y los desahucios, por Rodrigo Tena

http://hayderecho.com/2013/02/26/la-princesa-letizia-y-los-desahucios-2/

 

¿Todos los desahucios son iguales?, por Segismundo Álvarez Royo-Villanova

http://hayderecho.com/2013/06/06/todos-los-desahucios-son-iguales/

 

Sobre la posibilidad de que sea el deudor el que elija el procedimiento de ejecución hipotecaria, por Fernando Gomá 

http://hayderecho.com/2013/02/27/sobre-la-posibilidad-de-que-sea-el-deudor-el-que-elija-el-procedimiento-de-ejecucion-hipotecaria/

 

La nueva Ley de protección de deudores hipotecarios, por Fernando Rodríguez Prieto

http://hayderecho.com/2013/05/13/el-proyecto-de-ley-de-proteccion-de-los-deudores-hipotecarios-poco-mas-y-de-lo-mismo/

 

¿Es la ley española sobre desahucios ilegal?, por Tsevan Rabtan

http://www.jotdown.es/2013/03/tsevan-rabtan-es-la-ley-espanola-sobre-desahucios-ilegal/

 

Un nuevo pronunciamiento del TSJUE, julio 2014, por Ángel Carrasco:

http://blog.uclm.es/cesco/files/2014/07/UN-NUEVO-Y-ESTA-VEZ-DEFECTUOSO-PRONUNCIAMIENTO-DEL-TJUE.pdf

Doctrina Parot

 

           Artículo 10 Código Penal (1973): "Podrán redimir su pena por el trabajo, desde que sea firme la sentencia respectiva, los reclusos condenados a penas de reclusión, presidio y prisión. Al recluso trabajador se abonará, para el cumplimiento de la pena impuesta, un día por cada dos de trabajo, y el tiempo así redimido se le contará también para la concesión de la libertad condicional.

No podrán redimir pena por el trabajo:

1.º Quienes quebrantaren la condena o intentaren quebrantarla, aunque no lograsen su propósito.

2.º Los que reiteradamente observaren mala conducta durante el cumplimiento de la condena."

 

20 años a cuestas con el Código maldito, por José Manuel Romero:

http://politica.elpais.com/politica/2013/10/26/actualidad/1382790018_750321.html

 

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo y la doctrina Parot, por Rodrigo Tena

http://hayderecho.com/2012/07/12/el-tribunal-de-derechos-humanos-de-estrasburgo-y-la-doctrina-parot/

 

Una reflexión política final, por Rodrigo Tena:

http://hayderecho.com/2013/10/22/el-tribunal-de-derechos-humanos-de-estrasburgo-y-la-doctrina-parot-una-reflexion-politica-final/

 

Sin atajos, por Tsevan Rabtan

http://tsevanrabtan.wordpress.com/2012/07/12/sin-atajos/

 

¿Es ilegal la "doctrina Parot"?, por Tsevan Rabtan

http://www.jotdown.es/2013/03/tsevan-rabtan-es-la-doctrina-parot-ilegal/

 

Más sobre la doctrina Parot, por Tsevan Rabtan

http://tsevanrabtan.wordpress.com/2013/03/21/mas-sobre-la-doctrina-parot/

 

Los penalistas discrepan sobre la cadena perpetua revisable, ABC

http://www.abc.es/hemeroteca/historico-10-02-2006/abc/Nacional/los-penalistas-discrepan-sobre-la-constitucionalidad-de-la-cadena-perpetua-revisable-para-etarras_132132610200.html

 

La doctrina Parot ante el Tribunal de Estrasburgo, de Javier Tajadura Tejada 

http://www.funciva.org/uploads/ficheros_documentos/1363783512_la_doctrina_parot_ante_el_tribunal_de_estrasburgo.pdf

 

La sentencia de Estrasburgo, por Rafael Arenas:

http://jardindehipotesis.blogspot.com.es/2013/10/la-sentencia-de-estrasburgo.html

 

La sentencia del TEDH sobre la doctrina Parot, por García Amado:

http://garciamado.blogspot.com.es/2013/10/la-sentencia-del-tedh-sobre-la-doctrina.html

 

La doctrina Parot, por Manuel Giménez Larraz:

http://manuelgimenezlarraz.wordpress.com/2013/10/28/doctrina-parot/

 

Por favor, no manipulen con Parot y Estrasburgo, por Mario Conde:

http://www.laregion.es/opinion/19800/27793/

 

Qué es la doctrina Parot, por José María de Pablo:

http://josemariadepablo.com/2013/03/24/que-es-la-doctrina-parot/

 

Tribunales que no son tribunales y magistrados que no son magistrados, por Esperanza Aguirre:

http://www.abc.es/espana/20131028/abci-articulo-aguirre-parot-201310281247.html

 

La incoherencia del Tribunal de Estrasburgo, por Isaac Lama:

http://rsocial.elmundo.orbyt.es/epaper/xml_epaper/El%20Mundo/28_10_2013/pla_11014_Madrid/xml_arts/art_18983961.xml?SHARE=6C23C0F29C6C4F158F7CA6264B4863057D542E753846138C30DD40FC9AEE8A6D0727BE04C5119D891F28CD6F256E4B8AADA7AFB6EFF9B2118DC349363FA994C54C237789D842AACDB1E4EB45A45F862CF64B9FAD8D67CFEE91A50D1F67254A48

 

La culpa no será del Tribunal de Estrasburgo, por Cristina Losada:

http://www.heterodoxias.es/?p=1751

 

La doctrina Parot y una responsabilidad muy compartida, por Cristina Losada:

http://www.heterodoxias.es/?p=1759

 

La ley no tolera atajos, por Jose María Ruiz Soroa:

http://elpais.com/elpais/2013/10/21/opinion/1382370061_599652.html

 

¿Estado de Derecho a la carta?, por Tomás S. Vives Antón:

http://elpais.com/elpais/2013/10/25/opinion/1382704772_424058.html

 

¿Son torpes o ignorantes los magistrados del TS? Por José Yoldi:

http://www.cuartopoder.es/acotadeperiscopio/2013/10/23/son-tontos-o-ignorantes-los-magistrados-del-supremo/111/111

 

La lista de Parot:

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/10/21/espana/1382344082.html#comentarios

 

Ley y justicia, por Arcadi Espada:

http://paralalibertad.org/ley-y-justicia/

 


Francisco Camps

 

 

La corte del Faraón: de cohechos propios e impropios, por Elisa de la Nuez (¿Hay Derecho?)

El endiablado cohecho impropio, por Enrique Gimbernat (El Mundo)

Baltasar Garzón

 

 

Las claves de las 3 causas de Garzón en el TS (El Mundo)

 

Investigación de crímenes franquistas:

 

Querella de Manos Limpias

Y a la tercera va Manos Limpias, por Ignacio Escolar (Escolar.net)

Varela pide modales a Falange, por Ignacio Escolar (Escolar.net)

Recusación de Varela por Garzón

Desestimación de recusación de Varela por Garzón

Ley de Amnistía, validez y vigencia, por Marío García (Advocatus Diaboli)

Los errores de Garzón, por Mario García (Advocatus Diaboli)

 

Escuchas ilegales en el caso Gürtel:

 

El caso contra Garzón, por M. Alonso Sierra (Politikon)

¿Conoce usted sus derechos?, por Tsevan Fabtan (Jot Down Magazine)

Lo de Garzón, por Andrés Boix Palop (La página definitiva)

 

Rechazo de querella contra el BSCH:

 

Auto del TS I (pdf)

Auto del TS II (pdf)

 

Rechazo de querella contra Santiago Carrillo, PSOE, PC, Estado y Comunidad de Madrid:

 

Auto de la AN (pdf)

Doctrina Botín

 

 

Doctrina Botín, síntoma del grave deterioro de la justicia (El Confidencial)

 

El TS cambia la doctrina Botín y condena a Atutxa (El País)

 

Cerco a la acción popular, por Enrique Gimbernat (El Mundo)

 

La ejemplaridad pública

 

 

       En los comentarios anteriores hay varios magistrados que aún reconociendo la necesidad de la reforma de la Justicia, estiman que ni por ellos mismos como cuerpo, ni por los políticos, ni por la sociedad, se podría conseguir nada, porque la situación es inamovible. No puedo participar de esta sensación tan negativa. En “Ejemplaridad Pública”, el citado libro de mi hermano Javier, aparte del capítulo dedicado a los políticos, hay otro dedicado a los funcionarios, en especial aquellos, como los jueces, tienen un mayor nivel, a los que se les exige ser un ejemplo público-privado que ejerza su autoridad y disfrute de prestigio y confianza, pero entendido esto no como un hecho consumado, sino como una misión que ha de cumplirse. De estos funcionarios públicos se espera no únicamente la estricta observancia de la ley positiva sino la práctica de valores como la imparcialidad, la independencia, la equidad, la lealtad, la anteposición del interés general al propio o la probidad del servicio público. 
 

       Hay multitud de problemas en la sociedad, pero hay alguno que nos interpela con más intensidad en un momento dado, por muchas circunstancias, muchas veces casuales, mientras que a otros lo hace en menor intensidad. La calidad sanitaria es asunto de todos pero qué duda cabe que los médicos tienen mucho que decir y que exigir, son interpelados con más intensidad en la consecución de este objetivo. Si a partir de ahora surgiera cualquier tipo de iniciativa tendente a la reforma de la justicia, como se está hablando en este blog, serán los jueces los primeros interpelados individualmente a adoptar una posición, a ser un ejemplo para los demás, a “hacer lo que hay que hacer”. Y si la posición en la sociedad es alta, como es el caso, el deber ético y de ejemplaridad es mayor, pues mayor es su influencia. No se trata por tanto solamente de obtener resultados a corto plazo y desanimarse si se cree imposible ese objetivo, sino de actuar éticamente, y con esa actuación crear costumbres éticas que, en la red de influencias mutuas que formamos todas las personas, expanda su influencia positiva como contrapeso a los otros ejemplos negativos. Hacer algo para mejorar la calidad de la justicia o apoyar lo que hacen los demás es, en sí mismo, ejemplar. Y tiene mucho valor.

 

Fernando Gomá.

Propiedad intelectual

 

 

Del internauta de a pie y la piratería

 

 

En estas últimas semanas se están escribiendo muchísimas cosas sobre la Ley Sinde y demás asuntos relacionados con la Propiedad Intelectual. Yo no pienso entrar a juzgar si la ley es acertada o no. Sólo quiero hacer una reflexión sobre el inmenso poder que en todo este asunto han tenido y tienen  los operadores de redes de telecomunicación y los proveedores de acceso a Internet.

 

            Me encanta que en estos momentos muchos estén resaltando que las nuevas leyes no tratan de perseguir al internauta de a pie, y que sólo se trata de proceder contra aquellos que proporcionan enlaces y se lucran con ello. Que se deja al margen al individuo y que simplemente se trata de cerrar webs ilícitas. Pero, en mi opinión, no siempre fue así....

 

En un primer momento, cuando programas como el Emule estaban de moda, se trató de identificar al internauta que compartía y descargaba archivos a través de estas redes P2P (peer to peer). La posibilidad de proceder penalmente contra el que se descargaba películas o canciones para uso propio topaba con el artículo 270 del Código Penal, que exige que la reproducción,  plagio, distribución o comunicación pública se realice con ánimo de lucro. Además, respecto a este ánimo de lucro, la Circular 1/2006 de la Fiscalía General del Estado remarcaba "no puede tener una interpretación amplia o extensiva, sino que debe ser interpretado en el sentido estricto de lucro comercial".

 

Cerrada la puerta de una posible actuación penal, se planteaba una posible acción civil contra el internauta. Los programas de P2P, se basan de manera simple y llana, en descargar archivos mientras compartes con los demás la parte de ese archivo que te estás descargando. Y esta definición encaja en lo que la reforma de la Ley 23/2006, de 7 de julio, de Propiedad Intelectual, define como COMUNICACIÓN PÚBLICA "la puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija". Es por tanto una vulneración de los derechos de autor perseguible civilmente, pues tal derecho corresponde en exclusiva al autor de la obra.

 

Pero es aquí donde aparecen los Proveedores de Acceso a Internet. Lógicamente, para ejercitar una acción civil contra el que esta usando el emule para descargarse una canción necesitas su dirección IP. Y aunque esa dirección la podemos conseguir todos, la correspondencia entre la dirección IP y los datos personales del que la está usando obra en poder de las operadoras. Entra en juego la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal por la que las operadoras no han de suministrar los datos de sus clientes salvo resolución judicial (Art.11). Algunas entidades de gestión de derechos de autor como Promusicae, solicitaron ante los tribunales mercantiles que Telefónica le suministrase la identificación de algunos de sus clientes cuyas direcciones IP habían sido detectadas por aquellos. Se presentó un recurso prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (29 enero 2008) y en él se declaro que en base a la legislación vigente en aquel momento, el Estado no podía imponer a Telefónica que suministrase esos datos, aunque dejaba una puerta abierta a una posible modificación de la legislación estatal en este sentido. Vamos, que en resumen, Telefónica sólo proporcionará esos datos en procedimientos de carácter criminal contra el internauta.

 

Y es así como, en mi opinión, hemos llegado a la actualidad. El no ir contra los internautas de a pie no es un favor, o concesión hacia los mismos. Es, en el marco legislativo actual, la única opción. Por eso no me gusta el mensaje demagógico de algunos diciendo que “no vamos contra los particulares!! Sólo contra aquellos que se lucran con webs de enlaces!!!”. No discuto si el descargarse películas o canciones gratuitamente y sin permiso del autor está bien o mal, que quede claro. Sólo quiero manifestar que no siempre la línea a seguir en el tema de la piratería ha sido la que se está siguiendo hoy en día.

 

Gerardo

 

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Diez visiones sobre la Ley Sinde, El Mundo

Bienes públicos y propiedad intelectual, Kantor

Contrarios a la Ley Sinde, ¿piratas o parásitos?, Santiago Navajas

Diez notas sobre la Ley Sinde, Roger Senserrich

Ley Sinde, notas finaes, Roger Senserrich

Ideas sobre el canon digital, Roger Senserrich

Sindestreza (I), Pedro Letai Weissenberg

Sindestreza (II), Pedro Letai Weissenberg

Sindestreza (III), Pedro Letai Weissenberg

 

Acerca de los toros

 

 

1. A cada uno que le parezca bien o mal, pero es evidente que el Parlament de Catalunya tenía un interés identitario en este asunto.

2. Horrach dice cosas muy interesantes y que entiendo. Pero yo he visto corridas, conozco forofos taurinos, etc. Y seamos sinceros: la realidad de las plazas no es esa. No son egregios ciudadanos expiando nada, ni participando de un espectáculo casi sagrado. A estas alturas, eso ya no existe y todo es bastante más asqueroso. ¡Hay más sacralidad en el fútbol!. Por eso creo que se está pidiendo, mediante argumentos valiosos, que se conserven los toros para que realicen una función que, en realidad, no realizan. ¡Por Dios, si allí solo hay mugre!

3. No sé si los animalistas son resentidos, totalitaritarios, yihaidistas, etc. Entre los que yo conozco, algunos son extraordinarios. Y los que no, en general, es porque son tontos. Lo que sí creo es que el tema no es ese. El tema es que un ser racional, consciente de la existencia del dolor, produce dolor en otro ser vivo, con terminaciones nerviosas, y lo hace a conciencia. A mí lo que me vale es lo que ocurre en la conciencia de esa persona, de ese individuo que clava el estoque; lo demás son discusiones secundarias. Y yo no puedo pensar bien de quien asume el papel de torturador de un ser vivo, francamente. Al menos, cuando hace eso no está haciendo nada que a mí pueda parecerme defendible. Yo no lo haría.

4. Supongo que quien es antitaurino es vegetariano. Cualquier otra cosa es de una hipocresía y ridiculez realmente INCREÍBLE. O sea, el espectáculo público en el que el animal tiene un papel, un nombre propio y un aura de respeto os parece fatal, eliminable, vergonzoso, etc. Pero en cambio, os jaláis un bistec sin rebozo, sólo porque los medios de comunicación no muestran esto:

http://www.vimeo.com/igualdadanimal

Francamente, creo que hay debates a los que la gente se lanza de cabeza sin fundamentar bien sus posturas, ni revisar en profundidad su papel en el conflicto que se discute. ¿Prohibirá el Parlament de Catalunya la tortura sistemática y verdaderamente totalitaria de miles de cerdos en Olot? Supongo que no necesito responder.

5. Yo ni soy vegetariano ni me he volcado nunca en la causa antitaurina, todo sea dicho. Pero me hacen gracia quienes se van a dormir muy contentos de ser tan buenas personas después de ciscarse en los toros, sin abordar la complejidad del asunto. ¡Qué barata sale la buena conciencia! -¡Ojo! Todo esto no lo digo por Cisne, que es un tipo de ley-

 

Anónimo

 

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Ni animalista, ni identitario ni ideológico.- Daniel Tercero

 

Los caminos que parten de Rousseau siempre desembocan en Sade.

La necesidad de la tauromaquia.- Horrach

 

En el post, con mejor o peor fortuna, he intentado establecer una relación entre moralidad y publicidad. Por ejemplo, los sufrimientos ajenos que nos escandalizan moralmente son los que se interponen televisivamente entre nosotros y nuestro filete de ternera. Por eso sospecho que la indignación moral es una perversión ética, porque encuentra más noble la náusea que el apetito, así como encuentra más noble manifestarse contra las guerras televisadas que contra aquellas de las que se carece de imágenes.

Cabreado.- Gregorio Luri

 

Anselmi es el único individuo que conozco que ha ido a los toros a eso, a ver cómo torturan a un animal. A diferencia, naturalmente, de los aficionados, para quienes las faenas que redundan en molienda suelen ser un peaje indeseable.

La maté porque era suya.- Albert de Paco

 

La sensibilidad o el gusto estético (esa "estética de la generosidad" de la que hablaba Nietzsche) deben regular nuestra relación compasiva con los animales, pero desde luego no es una cuestión ética ni de derechos humanos (no hay derechos "animales"), pues la moral trata de las relaciones con nuestros semejantes y no con el resto de la naturaleza.

Vuelve el Santo Oficio.- Fernando Savater

 

 

*

 

        El científico Wagensberg se presentó hace unos días en el Parlamento de Cataluña con su maleta de charlista y sacó un arsenal de picas, banderillas y estoques. A cada adminículo que presentaba a la observaciónde sus señorías iba diciendo: “¿Esto no duele?” Me decepcionó mucho su actuación. Era el único científico en un apogeo de lírica. Wagensberg no puede ignorar que la conciencia es, quizá, el primer problema de la ciencia contemporánea. Y que la percepción del dolor, como la del color, forma parte del problema. No hay acuerdo científico sobre los límites de la conciencia. Gentes como el neurocientifico Ramachandran concluyen que los animales, incluso los grandes primates, no sienten el dolor. Otros creen que la conciencia del dolor es incluso patrimonio genético de las lombrices. No hay conclusiones ni siquiera provisionales sobre el llamado “problema difícil” de la biología. Cuando Wagensberg decía “¿Esto no duele?” sólo podía referirse, honradamente, al hombre y no al toro.

Más allá de las trampas retóricas, el dolor es la clave de todo el debate taurino. Y el más grave problema para los taurófilos. No porque la neurociencia no pueda dictaminar aún si el dolor es un estricto patrimonio humano; sino porque el dolor, clave del debate como he dicho, es también la clave de la fiesta. El rito de la tauromaquia gira en torno del valor del hombre y la bravura del toro. La bravura no es otra cosa que la capacidad del toro de sobreponerse al castigo; de volver una y otra vez al caballo aunque sepa que allí le espera la brutal embestida de la pica. La lidia del toro bravo no es más que la lidia del dolor. A qué iba a decirse “con más cojones que un toro” si no se tratara de invocar también el tamaño moral. Cómo podrían ser los toros un encadenado de metáforas sobre la vida sin los eslabones del dolor.

Si la neurociencia lograra demostrar algún día que el toro cabecea cuando le clavan las banderillas, urgido por un reflejo que nada tiene que ver con el dolor humano, la principal víctima del descubrimiento sería la Fiesta. Todo su entramado, incluso estético, se organiza en torno a la humanidad del toro. No en vano el primer acto de la lidia es ponerle al toro un nombre. Esa humanidad pasa inexorablemente por el sufrimiento. Se acepta que la inteligencia del toro sea limitada: ¡y se desecha el resabiao! Pero la sangre debe ser inequívoca. Al toreo lo matará la ciencia. Bien porque demuestre con precisión insoportable que el dolor del toro es el del hombre, bien porque sostenga que la bravura es un engaño más eficaz que la muleta

Mientras tanto, quizá podamos disfrutar de esta hora incierta.

 

 

 

Acerca de la tolerancia

 

 

     Menos conocida es la paradoja de la tolerancia: La tolerancia ilimitada debe conducir a la desaparición de la tolerancia. Si extendemos la tolerancia ilimitada aun a aquellos que son intolerantes; si no nos hallamos preparados para defender una sociedad tolerante contra las tropelías de los intolerantes, el resultado será la destrucción de los tolerantes y, junto como ellos, de la tolerancia. Cono este planteamiento no queremos significar, por ejemplo, que siempre debamos impedir la expresión de concepciones filosóficas intolerantes; mientras podamos contrarrestarlas mediante argumentos racionales y mantenerlas en jaque ante la opinión pública, su prohibición sería, por cierto, poco prudente. Pero debemos reclamar el derecho de prohibirlas, si se necesario por la fuerza, pues bien puede suceder que no estén destinadas a imponérsenos en el plano de los argumentos racionales, sino que, por el contrarío, comiencen por acusar a todo razonamiento; así, pueden prohibir a sus adeptos, por ejemplo, que prestan oídos a los razonamientos racionales, acusándolos de engañosos, y que les enseñan a responder a los argumentos mediante el uso de los puños o las armas. Deberemos reclamar entonces, en nombre de la tolerancia, el derecho a no tolerar a los intolerantes. Deberemos exigir que todo movimiento que predique la intolerancia quede al margen de la ley y que se considere criminal cualquier incitación a la intolerancia y a la persecución, de la misma manera que en el caso de la incitación al homicidio, al secuestro o al tráfico de esclavos.

 

Popper

 

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Ninguna libertad para los enemigos de la libertad.

 

Saint-Just

 

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Hay un límite en que la tolerancia deja de ser virtud.

 

Burke

Israel

 

 

Israel de perfil y de frente

Israel-Gaza: alto a la desinformación

Conflicto palestino for dummies, por Yael Farache:

http://acapulco70.com/conflicto-palestino-for-dummies/

 

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     Es un planteamiento maniqueo el que se hace habitualmente -y, como todos los planteamientos maniqueos, simplista, abusivamente simplista y estúpido- en virtud del cual el enfrentamiento es entre palestinos e israelíes, sin hacer ningún tipo de distinción entre los palestinos quién tiene la legitimidad política y la legalidad internacional de su parte y cómo dentro de los palestinos hay un sector que se ha islamizado. ¿Por qué Egipto también controla su frontera y los pasos que tiene de acceso a Gaza? Pues muy sencillo, porque debajo de todo este asunto lo que hay es un enfrentamiento entre dos modelos de Estado: el modelo islamista y el modelo democrático.(...) Luego el enfrentamiento no es entre palestinos e israelíes, como se ha vendido; el enfrentamiento es entre los propios palestinos y el propio mundo árabe-islámico, entre los que quieren modelos de Estado modernizadores, en donde la religión es un componente que se reconoce pero que no pasa a convertirse en el referente del funcionamiento del Estado y de la sociedad, y otros modelos de Estado islamistas.

 

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No sé todavía. Ahora que me acuerdo:

-Hay que enamorar a Hamas.

-Se me enamora el Hamas, se me enamora.

España eterna e insufrible

 

 

            Una característica central de los nacionalismos románticos es la creencia en una esencia nacional ahistórica que pervive en el tiempo, la percepción de la nación como un ente, un espíritu hegeliano, que, fuera de la historia, actúa sobre esta. En años recientes, años de “guerra cultural”, diversos sectores de la derecha española han tratado de articular un discurso nacional que incorpora no pocos elementos de tradición romántica y del discurso oficial franquista. Con ello, han renunciado a un republicanismo ilustrado -que no necesariamente había de pasar por el blando “patriotismo constitucional” habermasiano- en favor de versiones míticas y sentimentales. En la inmejorable formulación de P., proponen “un nacionalismo español basado en la melancolía y el tradicionalismo culturales, antes que en una idea de España como comunidad política formada por ciudadanos diversos y articulada mediante instituciones pragmáticas, leyes eficaces y un imaginario ilustrado”.

 

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           Lo cierto es que en ocasiones reproduce de manera especular dichos mitos, apelando por encima de todo a una sentimentalidad crasa y torpe que en nada se distingue de la de sus oponentes; y, más allá de juicios morales maniqueos, apenas ofrece herramientas para comprender y participar en el debate sobre el modelo de estado. Por expresarlo de otra forma: no se prefiere la nación española por su carácter civil e inclusivo frente a la etnicidad y el culturalismo de otros nacionalismos más agresivos sino que, en un alarde quizás inconsciente de relativismo, se enfrenta un discurso identitario con otro por la mera razón de sentirlo como propio. 

 

Neoconomicón

Prohibir el burka

 

 

          La cruz es un símbolo religioso. A diferencia del burka, por ejemplo. El burka es, primeramente, una máscara textil. Aunque eso interesa tanto como la consideración de que una bandera es un trapo: la actividad del burka, como la de la bandera, está en su vertiente simbólica y el burka simboliza, con independencia de la opinión del sujeto paciente, una opresión. De ahí que las derechas españolas hayan hecho muy bien en exigir al gobierno que lo prohíba en el espacio público; contra la opinión de la izquierda, que ha vuelto a preferir el relativismo a la libertad y el tacticismo a la verdad. No es la hipotética naturaleza religiosa del burka la que lleva a los ciudadanos a exigir su prohibición; es su indecencia civil, que lo distingue, por cierto, del casco de motocicleta o del pasamontañas, artefactos con que la hipocresía socialdemócrata ha querido asimilarlos a la hora de vetarlos en alguna dependencia municipal. No es el burka, repito, el caso de la cruz.

Nadie puede discutir las atrocidades que se han cometido en nombre de la cruz y enarbolándola, materialmente, en el campo de batalla y ante la hoguera de las inquisiciones. Puede decirse lo mismo, por ejemplo, de la hoz y el martillo, aunque la cruz haya expandido durante mucho más tiempo la barbarie. Pero este sentido de la cruz ya no rige: hoy la cruz es sólo un símbolo de determinadas opiniones trascendentes. La separación entre la Iglesia y el Estado supone que la cruz no obliga a los infieles; al contrario de lo que sucede con las máscaras en los burkaestados, tipo Ahmadineyad. Sin embargo, y en contra de lo que pretende la Conferencia Episcopal Española en el papel tan pobremente argumentado que ayer dio a la prensa, la cruz no debe exhibirse en las escuelas ni en otros espacios públicos. Una opinión no puede monopolizar el espacio público; ni tampoco en el espacio público pueden exhibirse todas las opiniones. Si se cuelga el crucifijo en el muro hay que dar la misma opción a un islámico, a un judío, o un ateo. No hay muro para tanto grafitti: para que todas las convicciones quepan en el espacio público es preciso que no se muestren.

Lo que, en el fondo, pretende la Conferencia Episcopal Española con la cruz es hacer pasar las opiniones por hechos. La misma estrategia que utilizan los creacionistas cuando intentan rebajar la selección natural a una opinión. Pero la cruz ya no es un hecho. Es decir, para nuestra suerte no es como el burka.

 

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       Una madre marroquí decía ayer en el diario El País: «Si mi hija no puede llevar el velo, nos vamos a Marruecos: nosotros no estamos aquí por hambre.» Está muy bien dicho. El hambre y la necesidad son las cuestiones cruciales. Por hambre no sólo se quita uno el velo sino que incluso aprende catalán: y si en el pasado no lo aprendieron los padres de los charnegos fue porque en el viaje no creían haber cambiado de lengua, o sea de Estado. Las imposiciones de los autóctonos a los recién llegados dependen del hambre y de la ley. Los charnegos venían con mucha hambre pero les protegía la ley de la dictadura. La madre marroquí no tiene que lidiar con el hambre. Podrá esquivar las infamantes condiciones que algunos patrones imponen a los hambrientos; pero su hija no podrá llevar el velo en algunos lugares. Para el caso da igual que el velo quiera llevarlo su hija o la distinguida arabista Martín Muñoz. Es la ley. Y como buena ley no implica sólo a los inmigrantes. La mala ley es aquella que distingue. La que, por ejemplo, libera a los autóctonos del trámite humillante de demostrar sus conocimientos de la lengua o de la historia del lugar donde recalan.

Una buena ley, pero con un defecto de raíz. La de aceptar que los pañuelos son un símbolo religioso y que ésa es la razón por la que se prohibe su uso en algunos espacios públicos. La razón laica, es decir, el Estado, no debe prohibir los burkas, king size o mini, porque sean símbolos religiosos. El Estado laico no debe meterse en esas tegucigalpas. Mañana puedo yo fundar mi religión y presentarme en la escuela con un zapato rojo, simbolo de devoción y entrega a Los Que Pisan Fuerte. Y a ver qué pasa.

La razón por la que el Estado debe exigir neutralidad en el espacio público nada tiene que ver con la filiación del símbolo. Los burkas pueden deberse a la religión, el pudor, el exotismo, la libertad, la socialización, la higiene y hasta la subvención. Cada una de esas razones opera exclusivamente para el portador. Para el consenso laico que el Estado representa y ejerce el burka sólo es un angustioso símbolo de opresión y barbarie. La creencia que lo justifique es indiferente. Los cerebros que organizan cada domingo en el Estadio su habitual brainstorming colectivo pueden ignorar las atrocidades de la cruz gamada que ondean; pero a la razón pública le da igual que se trate de un símbolo político, deportivo o esotérico: es la cruz gamada de Hitler y sus adhesiones no pueden ser celebradas públicamente, porque repugnan.

Quienes han entendido esto con una brillante y ejemplar contundencia son (¡lo que es la vida!) los musulmanes. Que tapan la cara a las extranjeras no por sus creencias. Las de las extranjeras. Sino por sus creencias propias y musulmanas.